26 de April de 2024. 11:14:00 AM Afiliate

Pensión por Sobrevivencia

Al ocurrir el fallecimiento de un afiliado de la Afp que este cubierto por el seguro de discapacidad y sobrevivencia, los beneficiarios definidos en el artículo 51 de la Ley 87-01 y sus normas complementarias podrán ser beneficiarios de una pensión por Sobrevivencia.

Beneficiarios

  • El (la) cónyuge sobreviviente o compañero (a) de vida
  • Los hijos solteros menores de 18 años
  • Los hijos solteros mayor o igual de 18 años y menores de 21 años que demuestren mediante certificación el registro de inscripción en algún centro de estudios durante los seis (6) meses anteriores al fallecimiento o al momento del fallecimiento del afiliado.
  • Los hijos de cualquier edad dictaminados con discapacidad a partir de un grado de discapacidad de un 50%.
  • A partir de su nacimiento o notificación del nacimiento, los hijos en gestación al momento del fallecimiento del afiliado.

Distribución y duración de la pensión por sobrevivencia

Beneficiarios % De la Pensión Edad Duración de la pensión
Conyugue o compañero (a) de Vida 50% Menor o igual a 50 años 60 meses (5 años)
Entre 50 años cumplidos y un día y menor o igual a 55 años. 72 meses (6 años)
Mayor a 55 años y un día Vitalicia
Hijos 50% Menor de 18 años Hasta cumplir 18 años de edad, o hasta los 21 años, de preservar las condiciones de ser soltero y estudiante
Mayor de 18 y Menor a 21 años Hasta cumplir 21 años de edad, si demuestra ser soltero y estudiante
Hijos Discapacitados de cualquier edad con una discapacidad de un 50% Vitalicia

Pasos para solicitar Pensión por Sobrevivencia

1.- Acudir a la oficina de Servicio al Afiliado de Afp Atlántico y suscribir el formulario “Solicitud de Pensión de Sobrevivencia Declaración de Beneficiarios”

2.- Entregar la documentación siguiente:

  • Original del acta de defunción del afiliado.
  • Copia del documento de identidad del cónyuge/compañero de vida.
  • Original del acta de matrimonio emitida con fecha posterior al fallecimiento. De existir una unión libre se deberá de anexar original de la compulsa del acto notarial, realizado por siete (07) comparecientes, que declaren y reconozcan la existencia de dicha relación, legalizado ante la Procuraduría General de la República.
  • Original del acta de nacimiento todos los hijos del afiliado fallecido. En caso de hijos mayores de edad, se requerirá adicionalmente copia del documento de identidad vigente. Si hubiere hijos adoptivos se deberá presentar además copia de la documentación legal que los acredite como tales.
  • Original de la compulsa del acto de notoriedad debidamente legalizado ante la Procuraduría General de la República para validar todos los hijos beneficiarios, donde se establezca la presunta edad de estos o las personas con derecho a suceder en caso de no contar con descendientes.
  • Original del acta del Consejo de Familia, debidamente homologado, cuando el beneficiario sea menor de edad en ausencia de tutores legales.
  • Para el caso de hijos con edad mayor o igual a 18 años y menor o igual a 21 años, al momento del fallecimiento del afiliado, certificación de estudios donde conste el registro de inscripción en algún centro de estudios durante los seis (6) meses anteriores al fallecimiento o al momento del fallecimiento del afiliado, debidamente sellada y firmada por la institución.
  • Declaración jurada de soltería realizada ante notario público, debidamente legalizada ante la Procuraduría General de la República, para el caso de los hijos mayores o igual a 18 años y menor o igual a 21 años, al momento del fallecimiento del afiliado.
  • Acta Policial o documento emanado de autoridad competente, en caso de muerte no natural.
  • Carta del empleador del afiliado fallecido donde conste tiempo y horario de trabajo, especificando si el afiliado se encontraba laborando al momento del fallecimiento o al momento de ocurrir el evento que provocó el fallecimiento. Este documento sólo será requerido si el afiliado tenía una relación de dependencia laboral a la fecha del fallecimiento.
  • En caso de hijos en gestación, certificado médico que avale la condición de embarazo de la madre.

NUESTRA VISIÓN Ser la Administradora de Fondos de Pensiones líder en República Dominicana, por su adecuada gestión, sus principios, y la excelencia en el servicio.