21 de November de 2024. 09:30:31 AM Afiliate Iniciar sesión
Los afiliados de Ingreso Tardío son aquellos afiliados que cuentan con 45 años o más de edad, al momento en que el empleador realiza el primer pago a la TSS por concepto de aportes previsionales del trabajador.
Para determinar si el afiliado es de ingreso tardío, se tomará en consideración la “edad al próximo cumpleaños”, lo que quiere decir, que todo afiliado que tenía 44 años de edad o más al momento de realizar su primer aporte a la AFP podrá optar por recibir este beneficio, luego de cumplir los requisitos establecidos y podrá elegir una de las siguientes opciones:
Requisitos:
Requisitos:
1.- Suscribir en la oficina de Servicio al afiliado de AFP Atlántico el formulario de “Solicitud de Pago de Beneficios por Ingreso Tardío”.
2.- Presentar original de su documento de identidad vigente.
3.- En caso de que el afiliado no pueda presentarse personalmente a la AFP, el formulario podrá ser suscrito por un representante legal con poder notarial legalizado, el cual deberá ser validado por AFP Atlántico.
4.- Los afiliados y/o pensionados del Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA) que tengan recursos acumulados en AFP Atlántico, deberán depositar una Certificación expedida por el INABIMA, en la que se haga constar que estos afiliados están autorizados a retirar los fondos acumulados de su Cuenta de Capitalización Individual (CCI) por concepto de ingreso tardío al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
NUESTRA VISIÓN Ser la Administradora de Fondos de Pensiones líder en República Dominicana, por su adecuada gestión, sus principios, y la excelencia en el servicio.